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Reglamento sobre el lanzamiento de petardos

20/06/2022

El Comité Asesor por la Clínica de Animales de Compañía y el Comité de Veterinarios por la Protección de los Animales del COVB, con el apoyo de la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales (CPDA) del ICAB han hecho público un documento de posicionamiento sobre la pirotecnia y como afecta a las personas y a los animales.

El uso de petardos y pirotecnia solo está autorizado cuando tienen lugar en acontecimientos de carácter cultural o festivos. En general hay una prohibición genérica (pero no siempre) en las Ordenanzas de contaminación acústica o de convivencia del uso de material pirotécnico fuera de los acontecimientos expresamente autorizados o de los lugares y las horas señaladas para hacerlo. Para hacer compatible estas prohibiciones genéricas con la ocupación o el lanzamiento de petardos durante los acontecimientos festivos, los ayuntamientos suelen dictar bandos donde se concretan las condiciones del uso de petardos y otro material (tipo de petardos, localizaciones y horario). Ahora bien, hay que decir a todos los efectos que la regulación se incumple porque no hay una vigilancia estricta, haciendo casi imposible no sufrir los efectos. Además, el uso de petardos no está limitado a los días de verbena, haciendo que sea posible escuchar los petardos algunos días previos, tanto de día como por la noche, y se continúen oyendo durante la verbena y hasta algunos días posteriores.

Podéis acceder al comunicado aquí